Sentencia Interlocutoria de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 22 de Marzo de 2016, expediente Rl 119486

PresidenteKogan-Pettigiani-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución22 de Marzo de 2016
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

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LOFREDO, L.G. C/ KIT OFFICE S.A. S/ COBRO DE SALARIOS.

La Plata, 22 de marzo de 2016.

AUTOS Y VISTOS:

Los señores jueces doctores K., P., de L. y S. dijeron:

  1. El Tribunal de Trabajo Nº 6 del Departamento Judicial San Isidro, con asiento en dicha ciudad, en lo que interesa destacar, condenó a K.O.S.A. a abonarle a L.G.L. la suma de $20.950,40 en concepto de diferencias en el pago de la indemnización por antigüedad, con más la de $17.031,61 en carácter de salarios adeudados. En cambio, rechazó la acción en cuanto procuraba el cobro de un resarcimiento por daños y perjuicios ocasionados por la falta de pago de aporte patronal al seguro de retiro complementario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 (fs. 191/200).

    En otro orden, si bien juzgó procedente la indemnización prevista en el art. 2 de la ley 25.323, consideró prudente -en virtud de la facultad que le acuerda la segunda parte de la citada norma- eximir parcialmente al empleador de dicho resarcimiento, esgrimiendo los fundamentos que lo llevaron a proceder de ese modo (fs. 197).

  2. Frente a lo así resuelto, el legitimado activo dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 208/213).

    En sustancia, desarrolla los siguientes agravios:

    1. En primer lugar, se agravia del fallo en cuanto rechazó la demanda por daños y perjuicios derivados del alegado incumplimiento por falta de aportes al seguro de retiro. Cita las normas y doctrina legal que considera infringidas.

    2. Afirma que el pronunciamiento impugnado viola el precedente individualizado como L. 101.564 "Quintana" (sent. de 27-IV-2012), en lo referente a la correcta aplicación del art. 2 de la ley 25.323.

  3. A su turno, el a quo concedió parcialmente el recurso -en el marco de la excepción prevista en el art. 55 primer párrafo in fine de la ley 11.653- respecto del agravio relativo a la multa establecida en el citado art. 2 de la ley 25.323, y lo denegó en lo relativo al cuestionamiento vinculado al rechazo del reclamo por daños y perjuicios ocasionados por la omisión de aportes patronal al seguro de retiro complementario, decisión, que no mereció objeciones del aquí recurrente.

  4. El recurso extraordinario intentado no reúne los requisitos esenciales (art. 31 bis, ley 5827, texto según ley 12.961).

    1. L., se impone observar que, en el caso, el valor de lo cuestionado ante esta instancia por conducto del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley -representado por el agravio desarrollado...

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