Sentencia Interlocutoria de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 22 de Marzo de 2016, expediente Rl 119486
Presidente | Kogan-Pettigiani-de Lázzari-Soria |
Fecha de Resolución | 22 de Marzo de 2016 |
Emisor | Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires |
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LOFREDO, L.G. C/ KIT OFFICE S.A. S/ COBRO DE SALARIOS.
La Plata, 22 de marzo de 2016.
AUTOS Y VISTOS:
Los señores jueces doctores K., P., de L. y S. dijeron:
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El Tribunal de Trabajo Nº 6 del Departamento Judicial San Isidro, con asiento en dicha ciudad, en lo que interesa destacar, condenó a K.O.S.A. a abonarle a L.G.L. la suma de $20.950,40 en concepto de diferencias en el pago de la indemnización por antigüedad, con más la de $17.031,61 en carácter de salarios adeudados. En cambio, rechazó la acción en cuanto procuraba el cobro de un resarcimiento por daños y perjuicios ocasionados por la falta de pago de aporte patronal al seguro de retiro complementario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 (fs. 191/200).
En otro orden, si bien juzgó procedente la indemnización prevista en el art. 2 de la ley 25.323, consideró prudente -en virtud de la facultad que le acuerda la segunda parte de la citada norma- eximir parcialmente al empleador de dicho resarcimiento, esgrimiendo los fundamentos que lo llevaron a proceder de ese modo (fs. 197).
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Frente a lo así resuelto, el legitimado activo dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 208/213).
En sustancia, desarrolla los siguientes agravios:
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En primer lugar, se agravia del fallo en cuanto rechazó la demanda por daños y perjuicios derivados del alegado incumplimiento por falta de aportes al seguro de retiro. Cita las normas y doctrina legal que considera infringidas.
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Afirma que el pronunciamiento impugnado viola el precedente individualizado como L. 101.564 "Quintana" (sent. de 27-IV-2012), en lo referente a la correcta aplicación del art. 2 de la ley 25.323.
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A su turno, el a quo concedió parcialmente el recurso -en el marco de la excepción prevista en el art. 55 primer párrafo in fine de la ley 11.653- respecto del agravio relativo a la multa establecida en el citado art. 2 de la ley 25.323, y lo denegó en lo relativo al cuestionamiento vinculado al rechazo del reclamo por daños y perjuicios ocasionados por la omisión de aportes patronal al seguro de retiro complementario, decisión, que no mereció objeciones del aquí recurrente.
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El recurso extraordinario intentado no reúne los requisitos esenciales (art. 31 bis, ley 5827, texto según ley 12.961).
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L., se impone observar que, en el caso, el valor de lo cuestionado ante esta instancia por conducto del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley -representado por el agravio desarrollado...
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