Llarte C/Romero

Segundo Tribunal de Gestión Asociada, en Autos N° 553, caratulados "LLARTE, JUAN DANIEL c/ROMERO, NICOLAS GREGORIO Y OTS. p/PRESCRIPCION ADQUISITIVA" notifica a Dominga Plácida Aguilera y Gregorio Hugo Romero, conforme lo ordenado a fs. 191, el proveído dictado a fs. 115, que en lo pertinente dice: "Mendoza, 31 de agosto de 2011. A fs. 114: Téngase presente lo expuesto y por cumplido el previo exigido a fs. 111-4° párrafo. De la demanda por título supletorio instaurada sobre inmueble ubicado en Pasillo Comunero de indivisión forzosa s/n (fracción C) con salida a calle Neuquén N° 6149, Buena Nueva, Guaymallén, Mendoza, inscripto al N° 14.120, Fs. 53, Tomo 103-E de Guaymallén, córrase traslado a los titulares registrales Sres. Nicolás Gregorio Romero y Acindila Tello, por el término de diez días con citación y emplazamiento para que comparezcan, respondan, ofrezcan prueba y constituyan domicilio legal (Arts. 21, 74, 75, 212 y 214 del CPC y 24 Ley 14.159). Cítase asimismo a Fiscalía de Estado, Gobierno de la Provincia y Municipalidad de Guaymallén a los efectos dispuestos por el Art. 214 del CPC, quienes deberán comparecer a ejercer sus derechos dentro del mismo plazo acordado precedentemente y bajo apercibimiento de ley. Publíquense edictos diez veces a intervalos...

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