Litio Minera

LITIO MINERA ARGENTINA SA - Se comunica que por decisión de Acta de Asamblea General Ordinaria Unánime de fecha 23 de abril de 2014. Se da el tratamiento a los siguientes temas: 1. Designación de dos accionistas para suscribir el acta: por unanimidad se resuelve que la totalidad de los Sres. Accionistas suscriban el presente acta. 2. Aprobación del Balance del Ejercicio cerrado al 31-12-2013 y aprobación de Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultado, Estado de Evolución del Patrimonio Neto, Estado de Flujo de Efectivo y Notas Complementarias: Se inicia la lectura de los Balances Generales, Estados de Resultados, Estados de Evolución del Patrimonio Neto, Estados de Flujo de Efectivo e Informe del Auditor correspondiente a los Ejercicios Económicos antes mencionados. El Sr. Lara propone que se someta a consideración además del tratamiento, la aprobación de los Estados Contables, según lo estipulado en el Art. 275 de la Ley 19.550. Se somete a votación y se aprueba por UNANIMIDAD lo expuesto en los puntos anteriores. 3. Aprobación de la gestión de los miembros del Directorio: se procede a tratar y deliberar en aprobar la gestión del Sr. Roberto Osvaldo Lara en el cargo de Director Titular y al Sr. Marcos Adrian Pasciucco en el cargo de Director Suplente en los términos del Art. 275 de la Ley 19.550, así como ratificar todas las decisiones tomadas por dicho órgano societario durante los anteriores ejercicios. Los Sres. Accionistas resuelven por unanimidad aprobar la gestión desempeñada por los Sres. Directores. 4.

Designación de integrantes del Directorio para un nuevo período. Distribución de cargos: por unanimidad se resuelve designar como integrantes del Directorio, para un nuevo mandato estatutario al Sr. Lara, Roberto Osvaldo como Presidente, y a Pasciucco, Marcos Adrian como Director Suplente. Los Directores presentes en este acto proceden a aceptar sus cargos suscribiendo el acta en prueba de conformidad, dejando asimismo constancia de que todos ellos tienen domicilio real en la República, que no se encuentran incluidos dentro de las causales de incompatibilidad previstas en el Art. 264 de la Ley 19550 (LSC) y que todos ellos tienen fijan domicilio especial a los efectos del Art. 256 in fine de la LSC en la calle

Rivadavia numero 42, 1º piso, oficina 1, Ciudad, Capital, Mendoza, dejándose constancia que constituyen la garantía establecida en el estatuto.

Finalmente también por unanimidad se resuelve a facultar a los Sres...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR