Lista de Orden de Merito 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorMinisterio de educación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 174
CORDOBA, (R.A.), MIERCOLES 6 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
iii. Quinchos cerrados: 32 puntos.
iv. Quinchos abiertos: 20 puntos.
v. Locales comerciales: 50 puntos.
d. Piletas de natación y campos deportivos: Se valuarán en un
cinco por ciento (5%) de las mejoras cubiertas cuando en la parcela
exista una sola mejora descubierta (pileta o campo deportivo), y en un
diez por ciento (10%) de dicha valuación cuando exista más de una
accesión. En ambos casos se tomará como mínimo la valuación corres-
pondiente a cien metros cuadrados (100,00 m2) de supercie cubierta
de una edicación de tercera categoría y como máximo la valuación
correspondiente a seiscientos metros cuadrados (600,00 m2) de una
edicación de segunda categoría.
2. Ampliaciones: Se le asignará el mayor puntaje de los bloques que
existieran en el Sistema; en caso que no haya bloques de referencia, se
tomarán los mismos puntajes que en el caso de construcciones nuevas.
ARTÍCULO 2: Facultar a la Jefatura del Área Valores a confeccionar los
instructivos técnicos pertinentes y establecer las tolerancias respectivas
según se trate de teledetección u operaciones de campo.
ARTÍCULO 3: Protocolicese, publíquese en el Boletín Ocial; y noti-
fíquese a todo el personal de la Dirección General de Catastro, cumplido
archívese.
FDO: ING. AGRIM. GUSTAVO M. GARCÍA, DIRECTOR DE CATASTRO
5 días - 12/09/2017 - s/c - BOE

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