Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 2 de Febrero de 2023, expediente CIV 036307/2021/CA001

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2023
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I

36307/2021

LISAZU, LUCIANO C/ DERAIOPIAN, JUAN Y OTRO S/ DS Y PS

Buenos Aires, 02 de febrero de 2023.-

AUTOS Y VISTOS:

Vienen las presentes actuaciones a fin de entender en los recursos de apelación interpuestos el 28/06/2022 –y sus fundamentos,

los que no fueron contestados–, y el 05/07/2022 frente a la regulación de honorarios del 27/06/2022.

Se agravia el perito contador por lo reducido de los honorarios regulados a su favor en función de las tareas cumplidas y los mínimos arancelarios contemplados en la ley 27.423.

Ahora bien, esta sala sostuvo durante la vigencia de la ley 21.839 que resultaba prudente diferir el pronunciamiento sobre los honorarios de los peritos designados en el marco de un exhorto hasta tanto existiera sentencia definitiva en el juicio principal o dicho proceso finalizara de algún otro modo (conf. esta Sala, “A.,

A.V. y otra c. P.B., C.A. y otros s.

exhorto”, expte. 22183/09 del 7/2/2012). Las razones que sostenían ese temperamento se explicaban desde que el art. 12 de la ley 22.172

remite a la norma arancelaria vigente en la jurisdicción del juez oficiado y el régimen derogado no contemplaba la posibilidad de una regulación íntegra en este tipo de supuestos ya que (i) no existía una base regulatoria a partir de la cual pudieran calcularse los honorarios;

y (ii) el hecho de no haberse sustanciado el dictamen pericial daba pie a que la labor del experto no estuviese terminada y por ende, en caso de requerírsele explicaciones, la justipreciación de sus trabajos deviniera en parcial.

Sin embargo, luego de la sanción de la ley 27.423, este colegiado expuso detalladamente en el precedente “Conarpesa Fecha de firma: 02/02/2023

Firmado por: P.M.G., JUEZA DE CÁMARA

Firmado por: J.P.R., JUEZ DE CÁMARA

Continental Armadores de Pesca S.A. c. Orion S.R.L. y otros s.

exhorto” (expte. n° 33.425/2017), del 28 de septiembre de 2018 (ver aquí), los argumentos que lo llevaron a modificar ese criterio,

especialmente en función de lo previsto en los arts. 10, 50 y 59 de la referida norma. Por ello, y con expresa remisión a los fundamentos expuestos en esa oportunidad, se abordará la regulación de honorarios apelada de conformidad con la ley arancelaria vigente.

Así, para decidir en los recursos de apelación interpuestos contra la regulación de honorarios del auxiliar, se ponderarán las constancias de autos, la labor profesional apreciada en su...

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