Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL II, 21 de Junio de 2017, expediente FCB 013120003/2011/CA001

Fecha de Resolución21 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA CIVIL II – SALA B Autos: “LINCOLN, C.E. c/ ESTADO NACIONAL (ESTADO MAYOR DEL EJERCITO ARGENTINO) s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD”

doba, 21 de Junio del año dos mil diecisiete.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “LINCOLN, C.E. c/ ESTADO NACIONAL (ESTADO MAYOR DEL EJERCITO ARGENTINO)

s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD” (Expte. N°

13120003/2011), en los que el letrado apoderado de la parte demandada, ha interpuesto recurso extraordinario de apelación en contra de la resolución de fecha 15 de febrero de 2017 dictada por este Tribunal (fs. 137/141 vta.).

Y CONSIDERANDO:

  1. El representante legal del Estado Nacional, sostiene que en autos se configura cuestión federal que habilita la apertura del recurso extraordinario por la existencia de diversas causales: el cuestionamiento de normas federales en su sentido y alcance, la existencia de arbitrariedad en el dictado de la sentencia, vulnerándose directamente la división de poderes y la garantía de defensa en juicio. Asimismo invoca gravedad institucional y se agravia por la aplicación de diversos tipos de intereses, sobre la diferencia a abonar por el Estado Nacional desde el momento en que son debidos hasta su efectivo pago.-

    Corrido el traslado de ley, es contestado por la parte actora a fs. 158/160 de autos, solicitando se deniegue la concesión del recurso planteado por la demandada, con especial imposición de costas a la recurrente.-

    II- Analizado el caso bajo examen, se observa que el recurrente funda su apelación extraordinaria señalando que existe cuestión federal suficiente puesto que se halla en juego la aplicación y el alcance de normas federales que modificaron los suplementos particulares y compensaciones del personal pertenecientes a las Fuerzas Armadas, siendo la decisión de esta Alzada contraria a sus pretensiones.-

    Fecha de firma: 21/06/2017 Alta en sistema: 08/08/2017 Firmado por: EDUARDO BARROS, SECRETARIO DE CAMARA Firmado por: A.G.S. TORRES, PRESIDENTE Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.N., JUEZA DE CAMARA #19680912#181198329#20170621110018870 En este sentido, cabe destacar que en una causa de similares pretensiones a la presente, se ha expedido con fecha 15 de marzo de 2011 la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos “SALAS, P.Á. y otros c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa – Amparo”, donde reconoció la naturaleza general de los “adicionales...

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