Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 10 de Agosto de 2017, expediente CAF 014997/2017/CA001

Fecha de Resolución10 de Agosto de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación 14997/2017 LIN, WANLI c/ EN-DNM s/AMPARO POR MORA Buenos Aires, 10 de agosto de 2017.- SH Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto y fundado a fs. 95/97 por la Dirección Nacional de Migraciones, contra la sentencia de fs.

93/94vta., cuyo traslado conferido a fs. 100 no fue contestado por la parte actora; y, CONSIDERANDO:

  1. Que por la sentencia del 12 de junio de 2017 la señora juez de primera instancia admitió la acción de amparo por mora interpuesta por el señor W.L. y, por consiguiente, ordenó a la Dirección Nacional de Migraciones que en el término de veinte días hábiles administrativos, resuleva el reclamo que tramita bajo la actuación administrativa original nro. 208705/1996 (CUDAP:TRI-S02-

    0029252/2015). Las costas fueron impuestas al Estado Nacional – DNM, quien disconforme con lo resuelto interpuso el no replicado recurso de apelación.

    En sustento de la orden de pronto despacho judicial impartida, la juez de grado consideró que verificada la demora de la Administración en decidir el planteo efectuado. Detalló que el 11/06/2015 el actor solicitó que se deje sin efecto la prohibición de ingresar al país fundado dicho pedido en que es padre de un niño argentino, menor de edad y que reiteró dicha solicitud del día 12/09/2016, solicitando la suspensión de la medida dispuesta en los términos del art. 12 de la ley 19.549, argumentando ser padre de dos argentinos: E.L. y S.L.. Del mismo modo, tuvo en cuenta que con fecha 13/03/2017 el actor interpuso un pedido de pronto despacho.

  2. Que la Dirección Nacional de Migraciones, luego de citar el ámbito de conocimiento propio de la acción de amparo por mora, se agravia por considerar que no ha existido mora imputable a su parte, desde que el expediente administrativo 208705/1996 se encuentra resuelto y firme, y se encuentra solicitada su retención judicial.

    En segundo término, señala que la petición del actor resulta extemporánea. Prescindiendo de los errores al citar fojas en que Fecha de firma: 10/08/2017 Alta en sistema: 14/08/2017 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #29573874#185231177#20170811104958274 Poder Judicial de la Nación 14997/2017 LIN, WANLI c/ EN-DNM s/AMPARO POR MORA obrarían supuestas piezas –entre otras incongruencias que se evidencias en el escrito por el pretende fundar su apelación- , hace saber la solicitud de revisión es extemporánea por cuanto “se dirige a la...

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