Cuál será el limitado impacto en el bolsillo de deducir de Ganancias gastos de educación

La presidenta de la Cámara de Diputados, Cecilia Moreau, en la sesión en la cual se trata la ley de Presupuesto 2023

La deducción de las cuotas de colegios y de otros gastos asignados a la educación tendrá un efecto bastante acotado, si el artículo del proyecto de ley de presupuesto 2023 que busca disponer su vigencia se aprueba tal como está. El monto tope a deducir será, según la iniciativa, del 40%, no de la erogación realizada, sino de la llamada "ganancia no imponible", uno de los conceptos que forman parte del esquema del tributo. Por todo 2022 ese ítem tiene un valor de $252.564,84. En consecuencia, lo que podrá descontarse del ingreso sujeto al impuesto, por las erogaciones vinculadas con el sistema educativo, será de $101.025,94 por cada hijo que esté cursando estudios.

En el caso de los asalariados que se ven alcanzados por la alícuota más alta de Ganancias (35% sobre una parte de los ingresos), eso significa que, por todo este año, se les reduciría el impuesto en $35.359. El promedio mensual resulta, en esos casos en particular, de $2946,6; sin embargo, como ya transcurrió la mayor parte del año, por 2022 debería haber, en caso de aprobarse la cláusula, una compensación por el tributo ya descontado. Y, por tanto, mejoraría en algo el ingreso de bolsillo de los últimos meses del año, o bien el del mes de 2023 en el que se concrete la liquidación anual del impuesto correspondiente a 2022 (por lo general, eso ocurre con los salarios de abril).

El artículo 103 del proyecto de ley que se trata hoy en Diputados dice que, "con vigencia a partir del año fiscal 2022″, podrán descontarse del ingreso sujeto al impuesto "las sumas en concepto de servicios con fines educativos y las herramientas destinadas a esos efectos" que sean pagadas por el trabajador y que correspondan a personas declaradas a su cargo "en los términos del apartado 2 del inciso b) del artículo 30″ de la ley de Ganancias.

Esa parte de la normativa se refiere a los cónyuges (sin ingresos propios o prácticamente sin ingresos propios) y a los hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo. Se agrega también, en el proyecto de ley de gastos del Estado, que la nueva deducción podrá hacerse por los hijos mayores, de hasta 24 años, "en la medida que cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio, que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente".

Según un ejemplo elaborado por LA NACION, un empleado con un salario bruto de...

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