Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 9 de Marzo de 1993, expediente B 51987

PonenteJuez PISANO (SD)
PresidentePisano - Rodríguez Villar - Mercader - Negri - Laborde
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 1993
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

En la ciudad de La Plata, a 9 de marzo de 1993, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores P., R.V., M., N., L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 51.987, “Life S.A. contra Municipalidad de Lomas de Z.. Demanda contencioso administrativa”.

A N T E C E D E N T E S
  1. Life S.A. por apoderados, promueve demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad de Lomas de Z. por la retardación atribuida a las autoridades comunales en la resolución del reclamo de cobro de pesos planteado con motivo del convenio celebrado entre ambas partes para rescindir los contratos de prestación de servicios que oportunamente las vinculara.

    Pide que se condene a la demandada al pago de las diferencias adeudadas, con actualización monetaria e intereses y pretende imposición de costas.

  2. La Municipalidad de Lomas de Zamora contesta la demanda solicitando el rechazo de la misma en todas sus partes y subsidiariamente impugna la liquidación presentada por la actora en concepto del crédito reclamado.

  3. Agregadas las actuaciones administrativas remitidas, el cuaderno de pruebas de la actora, el alegato de la misma y encontrándose la causa en estado de ser resuelta, corresponde plantear y votar la siguiente

    C U E S T I O N

    ¿Es fundada la demanda?

    V O T A C I O N

    A la cuestión planteada, el señor J. doctorP. dijo:

  4. Las partes celebraron de común acuerdo un convenio para rescindir los contratos referidos a la prestación de los servicios de recolección de residuos domiciliarios, barrido de calles y tareas complementarias (licitación 48/81) y de distribución de agua, mantenimiento de plazas y pasos bajo nivel (licitación 224/79).

    Como consecuencia del mismo, la actora denuncia el incumplimiento del Municipio, ya que le imputa la formalización de pagos parciales y le reclama el pago del importe total del crédito adeudado en concepto de servicios prestados y mayores costos.

    Refiere la existencia de un proceso con similar pretensión, radicado ante la Justicia ordinaria, que culminó con la declaración de competencia de esta Corte y el archivo de la causa (doctr. art. 6º, C.P.C.A.) y destaca que su posterior reclamo administrativo no tuvo respuesta de ninguna especie, a pesar de la insistencia e incluso luego del expreso pedido de pronto despacho.

    Señala la presentación de sus liquidaciones, la falta de observaciones o reservas de las autoridades y además la existencia de pagos parciales por parte de las dependencias municipales.

    Reclama en definitiva lo que considera el saldo adeudado, el cual estima...

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