Licitación Pública / Preadjudicación N° 1381/DGCYC/20

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Preadjudicación - Licitación Pública Nº 623-1381-LPU20
Expediente Nº 30.274.523/GCABA-DGCYC/20
Licitación Pública Nº 623-1381-LPU20
Objeto de la Contratación: Convenio Marco - Servicio de Alquiler de Equipamiento de
Sonido, Iluminación, Sistema Audiovisual, Energía, Escenario y Afines para uso de las
Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Observaciones:
Se reúne la Comisión de Evaluación de Ofertas de la Licitación de referencia,
designada a tal fin mediante Disposición Nº 76/GCABA-DGCYC/21, a fin de
proceder con la evaluación de las presentaciones efectuadas por las empresas:
NERVY S.A., Sandra Veronica Merino, Eventos con
Exito SA, JONS SILBERSTEIN S.R.L, Lavecchia Sonido SRL, UNLOCK
ENTERTAINMENT S.R.L.,
Héctor Daniel Martul, MARKETING DIMENSION S.A., DIXI EVENTOS S.R.L.,
Facundo Adrian Ortiz Guerreiro, GRUPO ARGENSAN S.R.L., Ricardo Olivares,
EVENT ASSISTANCE S.R.L., TACSO
S.R.L., SUPPLIER ARGENTINA S.A., L-GROUP SRL, Señal de Ajuste SRL,
Mancinelli Group S.A., CARPAS ARGENTINAS SRL, TOTAL PRODUCCIONES SA,
TIEMPO BETA SRL, JAL ENTERTAINMENT S.R.L., JOHN EDWARD MOSLEY,
AUDIOVISUAL SYSTEMS SA, Festspiele srl y CASABLANCA EVENTOS CARPAS
S.R.L.
En pos de la correcta lectura del presente dictamen, se hace saber que los renglones
que corresponden a ampliaciones de un determinado servicio, se ven reflejados en el
ítem inmediato subsiguiente al principal. Al respecto, se deja constancia que la
Comisión evaluadora consideró pertinente aconsejar o desestimar la adjudicación de
dichas ampliaciones, en función de la preadjudicación o no del renglón antecesor,
entendiendo lo expuesto como el criterio de evaluación más adecuado en virtud de los
intereses del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
A tal efecto, habiendo realizado el pertinente análisis de los aspectos formales,
administrativos, técnicos y económicos, esta Comisión de Evaluación de Ofertas
consigna la siguiente recomendación.
No se considera:
NERVY S.A. (OF. 1): Renglones Nro. 5 al 8, por no encontrarse inscripto en las clases
pertinentes y Renglones Nro. 21 y 22, por encontrarse limitada en el Registro
Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) su inscripción en la clase
correspondiente, encontrándose en consecuencia habilitado para comercializar
solamente las obligaciones generadas para la licitación pública N° 623-1444-LPU18,
tal como consta en el documento obrante en el Expediente Electrónico bajo N° IF-
2021-13439669-GCABA-DGCYC, toda vez que le fuera solicitada en dos
oportunidades la inscripción mediante correos electrónicos, que obran vinculados al
Expediente Electrónico bajo documentos Nro. PV-2021-13397765-GCABA-DGCYC y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6117 - 05/05/2021

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