Licitación Pública Nacional Nº 81-0037 LPU17

Fecha de disposición18 Enero 2018
Fecha de publicación18 Enero 2018
SecciónContrataciones,HIDRAULICAS

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 81-0037 LPU17

CIRCULAR N° 23 - MODIFICATORIA SIN CONSULTA

OBJETO: "LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL DE LA OBRA DENOMINADA "AMPLIACION DE LA CAPACIDAD DEL RIO SALADO - TRAMO IV - ETAPA III Y IV, EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EJECUCIÓN DE LAS SIGUIENTES OBRAS: RENGLÓN 1. AMPLIACION DE LA CAPACIDAD DEL RIO SALADO TRAMO IV - ETAPA III". RENGLÓN 2. AMPLIACION DE LA CAPACIDAD DEL RIO SALADO TRAMO IV - ETAPA IV".

Mediante Resolución N° RESOL-2017-1014 -APN#MI, del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, se instituyó el "Programa de Titulización Privada para el Financiamiento de Obras Públicas Hidráulicas", con cargo al FIDEICOMISO DE INFRAESTRUCTURA HÍDRICA en el marco de los incisos a) y c) del Artículo 20 del Decreto N° 1.381 del 1° de noviembre de 2001, ratificado por la Ley N° 26.181. La misma Resolución instruyó al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA que proceda a instrumentar una emisión privada de Valores Representativos de Deuda (VRD), a requerimiento de la SUBSECRETARÍA DE RECURSOS HÍDRICOS, que serán entregados para el pago de Certificados de Obra a los Contratistas de obras incluidos en el citado Programa de Titulización, quiénes podrán cederlos a los Acreedores Permitidos, de acuerdo con el artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. De acuerdo a lo autorizado por el Ministro de Finanzas mediante IF-2018- 02024508 - APN- MF, los títulos devengarán un interés equivalente a la tasa BADLAR Bancos Privados más 400 puntos básicos. Los VRD se comenzarán a pagar a los tenedores a partir del cumplimiento del plazo de obra, es decir TRES (3) años desde la suscripción del Acta de Inicio, más un año de gracia y en la forma, montos y plazos establecidos en el cronograma de amortización. Los VRD devengarán intereses que se pagarán en forma semestral el 1° de enero y el 1° de julio (el primer vencimiento será en la fecha indicada posterior más cercana a la fecha de emisión). En virtud de estar incluida la financiación de la presente obra en el Programa de Titulización se modifican los siguientes artículos del Pliego de Bases y Condiciones Particulares: ARTÍCULO 6°: GLOSARIO 8) PRESUPUESTO TOTAL: Es el resultado del monto de obra afectado por los intereses de los Títulos (V.R.D.) emitidos por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. 12) VALOR PRESENTE NETO: Se suprime. ARTÍCULO 13: FORMA DE COTIZAR-RESPONSABLE TÉCNICO-VISITA...

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