Licitación Pública / Circular con consulta N° 848/UCCUPEJOL/18

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición13 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
VICEJEFATURA DE GOBIERNO
UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES "JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD
BUENOS AIRES 2018"
Circular con consulta N° 1 - Licitación Pública N° 9982-0848-LPU18
E.E. N° 15.862.874-MGEYA-UPEJOL/18
Servicio de Traslado de Personas con destino a la Unidad de Proyectos Especiales
Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018
Se formula aclaración en respuesta a consulta formulada por firma interesada, la que
fue suscripta por documento PLIEG-2018- 16621884-UCCUPEJOL.
La presente Circular se emite a los efectos de dar respuesta a la consulta
formulada, conforme se detalla a continuación:
Consulta N° 1:
"1. no me queda claro el tema peajes si deben estar incluidos en cada renglón
correspondiente o si se debe desintegrar en el renglón especifico de “peajes“ ya que
en la página 7 del pliego art. 4.5 dice que deben estar incluidos en el costo por
renglón.
2. los autos/combis/minibuses de la primera clase solo cubrirán movimientos en CABA
y gran buenos aires?"
Respuesta N° 1:
1. Con respecto al modo de cotización de los peajes, remitirse al Artículo 7.4 del Pliego
de Bases y Condiciones Particulares. En el mismo se encuentra especificado el modo
de cotización, tanto de los peajes como del resto de los renglones.
"Respecto a los renglones 3, 6 y 9 correspondiente a los gastos de peaje se deberán
cotizar por el valor simbólico de pesos uno ($1.-) y por la cantidad correspondiente a
cada uno de los renglones en función del monto asignado para cada uno de los
renglones en función del monto asignado para cada uno de ellos conforme el cuadro
que obra en el Artículo 2 del presente pliego, de la siguiente manera: Renglón 3: Valor
$1 Cantidad: 29.280, Renglón 6: Valor $1 Cantidad 18.720 y Renglón 9: Valor $1
Cantidad 1.960."
Dado que el valor de los peajes puede diferir según la hora y la autopista utilizada, la
empresa deberá entregar el/los ticket/s de los peajes y en base al costo del mismo, se
harán solicitudes de provisión de tantas cantidades de unidades por $1 como pesos
totales correspondiera, hasta alcanzar el monto total del ticket.
2. Los Autos/Minibus/Ómnibus de la primera clase sólo cubrirán traslados dentro de
CABA y del Gran Buenos Aires.
La presente se emite conforme las aclaraciones efectuadas en documento suscripto
bajo PLIEG-2018- 16621884-UCCUPEJOL.
Florencia Grigera
Titular UCCUPEJOL
Inicia: 13-6-2018 Vence: 13-6-2018
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5393 - 13/06/2018

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