Licitación Pública 16/2023

Fecha de publicación14 Noviembre 2023
EmisorAUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN
SecciónTercera Sección - Contrataciones


ACTUACION ADMINISTRATIVA N.° 327/2023 OBJETO: “Contratación de seguros de vida” CIRCULAR ACLARATORIA Nº 2 CONSULTA Nº 1: • “No queda claro si el Renglón N° 4 “Seguro de Vida Obligatorio para el Personal del Estado (Ley 13.003 y modificaciones) forma parte del presente llamado licitatorio o si bien no debe ser considerado, ni ofertado, debiéndose suprimir de dicha licitación. Esto se repregunta atento a que en vuestra respuesta de Circular N° 1 no aclara nada al respecto sobre la contratación del Seguro mediante la Caja Nacional de Ahorro Postal, y mezcla algunos conceptos sobre la Ley 24.156 y Nación Seguros. Esto además se repregunta dado que si dicha cobertura debe ser brindada mediante la Caja Nacional de Ahorro entonces no se podrá adjudicar a un solo oferente como estipula vuestro pliego. En tal sentido, solicitamos sean tan amables de informar bajo qué condiciones se debe cotizar y brindar la cobertura del Renglón N°4 (Montos, Asegurados, Normativas, Condiciones, Etc.)” RESPUESTA Nº 1: • En función de la respuesta brindada por la Secretaría Legal e Institucional del Organismo en el Dictamen, se requiere la contratación del “Seguro de Vida Obligatorio para el Personal del Estado (Ley 13.003 y modificaciones)”, y como consecuencia del análisis normativo resulta que NO RESULTA OBLIGATORIO LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO DE VIDA DE SUS DEPENDIENTES CON NACIÓN SEGUROS S.A. La referencia en la pregunta respecto de la contratación del Seguro mediante la Caja Nacional de Ahorro Postal resulta de una normativa no vigente. Cabe resaltar que el requisito de intermediación fue variando con las diferentes modificaciones normativas y la por entonces Caja Nacional de Ahorro y Seguro (Ley 20.127) fue privatizada (Ley 24.153, Decreto 82/1993, entre otros). A continuación, se transcribe el archivo “SÍNTESIS NORMATIVA - SEGUROS ESTADOS NACIONAL”, a mayor abundamiento: SÍNTESIS NORMATIVA - SEGUROS ESTADOS NACIONAL La Ley 13.003, del año 1947, implementó con carácter obligatorio, un seguro de vida colectivo para todo el personal al servicio del Estado. El seguro de vida establecido cubre riesgos de muerte, incapacidad total y permanente e incapacidad parcial y permanente del agente para el trabajo, en la forma que fije la respectiva reglamentación. El requisito de intermediación del mencionado seguro de vida, fue variando con las diferentes modificaciones normativas. Comenzó siendo la intermediaria la a Caja Nacional de Ahorro Postal, luego pasó a llamarse Caja Nacional de...

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