Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 23 de Marzo de 2023, expediente CAF 010893/2007/CA001

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

- SALA IV -

Expte. CAF N° 10893/2007/CA1 “L.M.M. c/ GCBA Y

OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS”

Buenos Aires, de marzo de 2023.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, por resolución del 23/8/22, la señora jueza de primera instancia declaró la caducidad de instancia, en los términos del art. 310,

    inciso 1º del CPCCN.

    En cuanto a la caducidad del incidente (art. 310, inc. 4 del CPCCN), señaló que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires había cumplido con la notificación del traslado a las partes y que, si bien era cierto que no se advertía la cédula a la actora, también lo era que ésta no se encontraba vinculada por el Tribunal y que, una vez enmendado ello, la demandada había realizado la diligencia faltante. En virtud de ello, concluyó

    que, desde el último acto impulsorio de la accionada (el escrito titulado “GCBA SOLICITA SE RESUELVA”) y hasta el acuse en tratamiento, no había transcurrido el plazo legal.

  2. ) Que, disconforme con esa decisión, el 25/8/22, la parte actora interpuso recurso de apelación, que fue fundado en ese acto, concedido el 29/8/22 y no fue contestado por sus contrarias.

    Sostuvo que la magistrada no ponderó el pedido de caducidad realizado contra el incidente. En particular, manifestó que, desde la presentación del 15/11/21, había transcurrido el mes previsto en el inciso 4º del art. 310 del CPCCN. Explicó que, en realidad, desde el despacho que ordenó la notificación en cabeza del GCBA habían transcurrido siete (7) meses.

    A su vez, indicó que ninguna de las siete cédulas había sido librada contra su parte.

  3. ) Que, no puede soslayarse que el art. 310 del código procesal dispone que “[s]e producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare su curso durante los siguientes plazos: (…)

    4) de un mes, en el incidente de caducidad de la instancia”.

  4. ) Que, de las constancias de la causa se desprende que:

    - el 15/11/21, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires solicitó

    la caducidad de instancia, en tanto consideró que, desde el 18/2/20, no se Fecha de firma: 23/03/2023

    Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA 1

    advertía acto procesal útil de impulso en los autos (tanto en los cuadernos de prueba como en el expediente principal).

    - el 19/11/21, el tribunal corrió traslado del acuse de caducidad a la contraria por el término de cinco (5) días, y dispuso la notificación en cabeza de la parte. El 30/11/21, la demandada realizó siete (7) cédulas, pero ninguna dirigida a la actora.

    - El 9/6/22, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires solicitó la resolución al juzgado de primera instancia. Frente a ello, el 13/6/22, el referido tribunal ordenó: ...

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