Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 27 de Julio de 2010

Fecha de Resolución27 de Julio de 2010
EmisorCorte Suprema de Justicia

Reg.: A y S t 237 p 17-19.

Santa Fe, 27 de julio del año 2.010.VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de C.A. óC.J.S.. ó Z. contra la sentencia 183 del 27 de octubre de 2009, dictada por la Sala Tercera -integrada- en lo Penal de la Cámara de Apelación de esta ciudad en autos 'Z., ó S.., C.A. ó C. J. -Incidente de Libertad Provisional-(Expte.611/09)' (Expte. C.S.J. nro. 439, año 2009); y, CONSIDERANDO:

  1. Mediante el pronunciamiento atacado por vía del recurso de inconstitucionalidad local, la Sala Tercera -integrada- en lo Penal de la Cámara de Apelación de esta ciudad confirmó el auto del 18.09.2009 dictado por el Juez en lo Penal de Instrucción de la Tercera Nominación por el que se denegara al imputado Z., ó S.., C.A. óC.J. la libertad provisional que este solicitara (f.

    6).

    En el memorial introductor del remedio previsto en la ley 7055 (f. 13), reprochó arbitrariedad al fallo de la Sala por cuanto -a su juicio- ha omitido la consideración de la presunción de inocencia y las articulaciones de la defensa en relación a las distintas opciones que tendría la jurisdicción en el caso.

    Criticó el argumento utilizado por la Cámara para fundar su denegatoria, aduciendo que resulta claro que se tuvo en cuenta únicamente el monto de la pena por el cual fuera indagado el imputado, sin considerar el cambio operado en la legislación adjetiva, aplicando en consecuencia un sistema de excarcelación tasada.

    Por lo demás, continuó diciendo que las otras pautas evaluativas para despejar el peligro procesal fueron analizadas sobre bases fácticas falsas, atento a que la afirmación de que el imputado no tiene vínculos familiares se ve desmerecida a partir de que el mismo convive con su grupo familiar, incluso fue su madre quien efectuó la propuesta de defensor antes de la indagatoria y uno de sus hermanos fue detenido conjuntamente con él, al realizarse el procedimiento en su vivienda.

    El mismo déficit achaca a la consideración de la situación laboral efectuada por la Cámara, alegando que el encartado se halla en lo que la doctrina denomina 'trabajador precario' por no contar con la registración correspondiente.

    A su turno, la Sala Tercera -integrada- de la Cámara de Apelación en lo Penal de esta ciudad denegó dicha impugnación (f. 23); motivo por el cual el interesado acudió por vía de queja ante esta Sede (f. 31).

  2. En primer lugar, cabe señalar que si bien la resolución atacada por vía del recurso de...

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