Libertad en los acuerdos de alquiler: claves del DNU de Milei, los contratos vigentes y las condiciones para los nuevos

Las claves sobre los contratos firmados en los últimos tres años y cómo deben ser los nuevos a partir del DNU de Javier Milei

El DNU del presidente Javier Milei ya entró en vigencia. Incluye un paquete de medidas que nunca nadie antes se había animado a tomar. Entre ellas, la derogación de la "nefasta" ley de alquileres (tal como se la califica en el decreto), algo de lo que tanto se había hablado y especulado en el Gobierno anterior pero nunca nadie había avanzado en su finalización.

En julio de 2020 se sancionó la ley de alquileres 27.551 que recibió cambios en algunos de sus puntos en octubre de 2023 a través de la ley 27.737, vigente desde el 18 de octubre de este año. Ahora con el DNU vigente la ley de alquileres ya está derogada y prima la libertad entre las partes para hacer acuerdos en los puntos más importantes de un contrato de alquiler :

Duración del alquiler

Tipo de moneda en que se pagará

Forma en que se indexará y cada cuánto tiempo serán los ajustes

Quién paga los arreglos

Quién paga las expensas extraordinarias y el ABL

Qué tipo de garantías se aceptarán

Si se pagará depósito y cómo se devolverá al terminar el contrato

Quién puede rescindir y de qué manera

Cómo se debe entregar el inmueble al finalizar el contrato

Si el inquilino puede tener mascota

La clave es que propietarios e inquilinos acuerden y pongan por escrito estos puntos y todos aquellos que consideren necesarios para evitar problemas entre las partes .

Punto por punto: todo lo que hay que aclarar en el nuevo contrato de alquiler para evitar problemas entre inquilinos y propietarios Milei derogó la ley de alquileres con un DNU que ya entró en vigencia

A partir de la oficialización del decreto, los contratos de locación vuelven a estar bajo el Código Civil y Comercial con algunas modificaciones introducidas en el mencionado DNU .

Esto implica que, inquilinos y propietarios estarán por un largo tiempo repartidos entre quienes tienen contratos bajo la ley 2020 , quienes tienen contratos bajo la ley con cambios de 2023 y quienes firmen contratos a partir de ahora bajo las nuevas condiciones del Código Civil y Comercial.

Javier Milei derogó la ley de alquileres: los contratos serán de dos años, se podrán firmar en dólares y pactar los ajustes

Cómo son los contratos firmados desde julio de 2020 hasta octubre de 2023

La ley de alquileres que comenzó a regir en julio de 2020 introdujo los siguientes puntos sobre los contratos de locación:

El plazo mínimo de contratos pasó de dos años a tres años con esta ley.

El ajuste debe hacerse anualmente (no cada seis o tres meses) bajo el Indice de Contratos de Locación (ICL) que publica el Banco Central, conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE) que es un índice salarial.

Se ampliaron las garantías a presentar por el inquilino siendo posible un abanico de garantías posibles el título de propiedad de un inmueble, un aval bancario, un seguro de caución, una garantía de fianza o fiador solidario o una garantía personal del locatario, que se documenta con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.

El inquilino no debía afrontar el pago de expensas extraordinarias sino solo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR