Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 17 de Agosto de 2021, expediente Rl 121972

PresidenteSoria-Kogan-Torres-Genoud
Fecha de Resolución17 de Agosto de 2021
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

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LEZANA BENJAMIN ARTURO C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL.

AUTOS Y VISTOS:

  1. El Tribunal de Trabajo n°1 con asiento en la ciudad de F.V., perteneciente al Departamento Judicial de Quilmes, en el marco del juicio iniciado por B.A.L. contra la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con motivo del accidente laboral denunciado, declaró la inconstitucionalidad de la ley 14.997 y su aptitud jurisdiccional para entender en las presentes actuaciones (v. fs. 126/133 vta.).

  2. Frente a lo así resuelto, la Fiscalía de Estado dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. fs. 145/153 vta.), que fue concedido por el órgano judicial de grado a fs. 155 y vta.

  3. Encontrándose la causa radicada en esta sede casatoria, se presenta la doctora S.M.B. (apoderada del actor) comunicando que su representado cumplimentó el procedimiento administrativo previsto por la ley 27.348 por ante la Comisión Médica de Quilmes. Consecuentemente, sostuvo que devenía abstracto el tratamiento del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la accionada y solicitó la devolución del expediente al tribunal de grado a fin de que continúe con su tramitación (v. escritos electrónicos de fechas 23-XI-2019 y 9-V-2020).

Con posterioridad, esta Corte ordenó traslado a la legitimada pasiva (v. fs. 164) y remitió la causa al Tribunal de origen a sus efectos (v. resolución de fecha 11-V-2020).

En la instancia ordinaria, ante lo expuesto por el accionante, la Fiscalía de Estado desistió del remedio procesal incoado (v. escrito electrónico de fecha 26-VIII-2020).

Por ello, la Suprema Corte de Justicia

RESUELVE:

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