LEY X-0705. Obligatoriedad de inscripción de establecimientos dedicados a la producción o venta de plantas. (Antes Ley 17606)

Fecha de Última Modificación30/09/2012
RamaRecursos Naturales
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación17 de Enero de 1968
Fecha de Sanción29 de Diciembre de 1967
Artículo 1

Todo establecimiento, ya sea oficial o particular, y persona dedicados a la producción o venta de plantas o sus partes, están obligados a inscribirse en un Registro Oficial especialmente habilitado a tal efecto por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) , organismo descentralizado dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca .

Artículo 2

Los establecimientos y personas indicados en el artículo anterior, están obligados a despachar las plantas o sus partes acompañadas de una "Guía de sanidad para el tránsito de plantas o sus partes", cuyos formularios serán confeccionados a tal efecto por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria .

Artículo 3

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria queda facultado para exigir a todo particular que transportare plantas o sus partes sin fines de lucro, no provenientes de los establecimientos antes mencionados, que vayan acompañadas de la citada "Guía de sanidad para el tránsito de plantas o sus partes", la que será otorgada por la misma, previa verificación del buen estado sanitario del material examinado.

Artículo 4

Los infractores a lo establecido en los artículos 1° y 2° de la presente Ley, se harán pasibles de las sanciones previstas en el artículo 11 del decreto-ley 6704/63 .

LEY X-0705

(Antes Ley 17606)

Tabla de Antecedentes

Artículo del Texto Definitivo Fuente

1 a 3 Arts. 1 a 3 Texto original. Se adaptó el

nombre de la autoridad de aplicación

según Resolución 312/2007 de la

Secretaría de Agricultura, Ganadería,

Pesca y Alimentos.

4 Art. 4 Texto original.

Artículos suprimidos

Artículo 5°

de forma, suprimido.-REFERENCIAS EXTERNAS Artículo 11 del decreto-ley 6704/63.

ORGANISMOS Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

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