LEY W-0781. Fijación de límites entre las provincias de catamarca y la rioja (Antes Ley 18533)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaPúblico, Provincial y Municipal
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación22 de Enero de 1970
Fecha de Sanción31 de Diciembre de 1969
Fecha de Promulgación31 de Diciembre de 1969
Artículo 1

El límite entre las provincias de Catamarca y la Rioja, en toda su extensión, estará determinado por la siguiente línea, en los seis tramos que comprende:

  1. Primer tramo: Cordillera de los Andes - Cerrillos de las Campanas (Costa de Reyes). Parte en la frontera internacional desde el cerro Vidal Gormaz, dirigiéndose desde allí en línea recta con rumbo Este a la mayor elevación del monte Pissis. Desde allí con rumbo Estenordeste de cumbre en cumbre por la divisoria de las aguas hasta el cerro Negro de la laguna Verde; luego el límite toma un rumbo Sudsudeste y siempre por la divisoria de las aguas pasa por la mayor elevación del cerro del Azufre y de allí continúa hasta el Portezuelo del Machaco; desde el citado Portezuelo toma rumbo Este; siempre por la divisoria de las aguas, pasando por el Portezuelo de las Lajitas hasta llegar a la mayor elevación del cerro de las Lajitas; desde allí se dirige con rumbo Sudsudeste, por la divisoria de las aguas, hasta la mayor elevación del cerro Pabellón Chico; desde este cerro el límite toma rumbo Nordeste hasta la cumbre del cerro Pabellón Grande, siempre siguiendo por la divisoria de las aguas, con rumbo Estesudeste, pasando

    por la mayor elevación del cerro Ollita hasta llegar a la cumbre del cerro Cruz; desde este último con rumbo Sudeste y siempre por la divisoria de las aguas, el límite llega hasta la cumbre del cerro Bolsón; allí toma rumbo Este nordeste y siguiendo la divisoria de las aguas pasa por la cumbre del cerro Morado, Portezuelo de la Punilla o Valle Hermoso hasta alcanzar la cumbre del cerro Negro de Rodríguez; desde allí con rumbo sudsudeste el límite sigue la divisoria de las aguas, pasando por las cumbres del Morro Amarillo, Morro Colorado, Morro Lindero Colorado, Morro Grande, Cumbre Colorada, pasando por el cerro Áspero hasta llegar al cerro Guitarra, allí toma rumbo Nordeste, siempre por la divisoria de las aguas, continuando por el Portezuelo del Calvario hasta el Morro de la Cañada para seguir por el río Costa de Reyes o Potrerillo hasta la altura en que intercepta a la ruta nacional 40, kilómetros 701,8; desde este último punto la línea limítrofe se prolonga en línea recta con rumbo Estesudeste hasta el esquinero Sudoeste de la mensura del campo Los Rincones y Puesto del Padre, continuando por el costado Sur del mencionado campo hasta el esquinero Sudeste;

  2. Segundo tramo: Cerrillos de las Campanas-Río Colorado. Continúa el límite por el costado Sur de la mensura del campo denominado Río Colorado y Andaluca hasta llegar a la cumbre de Las Lomadas situadas al Oeste de San Blas de los Sauces. Desde este último punto toma rumbo Nordeste para dirigirse al punto en que la ruta nacional 60 cruza el Ferrocarril General Belgrano continuando hasta el centro del cauce del río Colorado o Bermejo. Desde allí sigue por el cauce del citado río hasta la angostura que se produce frente a la loma del Quirquincho y a la finca denominada El Retiro;

  3. Tercer tramo: Río Colorado-Agua Caliente. Desde el punto señalado en el tramo anterior continúa en línea recta pasando a dos mil quinientos (2.500) metros al Norte del caserío denominado la Tusca, continuando hacia el Este nueve (9) kilómetros. Desde allí toma un rumbo aproximado hacia el Sur hasta interceptar al río Colorado o Bermejo o Salado, en el lugar en que

    este río cambia de dirección doblando hacia el Sur, continuando por el cauce del citado río hasta llegar al costado Norte de la mensura del campo llamado Agua Caliente o Termas de Santa Teresita. Continúa por el costado Norte del citado campo, sigue por su costado Este hasta llegar al esquinero Sudeste del mismo;

  4. Cuarto tramo: Agua Caliente-Quebrada de La Cébila. Desde el esquinero Sudeste del campo Agua Caliente o Termas de Santa Teresita se dirige en línea recta al lugar denominado El Empalme, donde la ruta provincial 1 de Catamarca inicia su recorrido desde la ruta nacional 60 hacia la localidad de Pomán. Desde este último lugar el límite continúa por la ruta nacional 60 que atraviesa la Quebrada de La Cébila hasta el paraje denominado El Desvío, donde esta última ruta empalma con la ruta nacional 38;

  5. Quinto tramo: Quebrada de la Cébila-La Curva (km 87,5). Desde El Desvío el límite sigue en línea recta con rumbo aproximado hacia el Este hasta interceptar la ruta nacional 60, que corre paralela al Ferrocarril General Belgrano (ramal Chumbicha a Recreo), a la altura de la progresiva kilómetro 157,586, punto denominado Curva de San Nicolás. Desde allí sigue en una línea paralela al alambrado del ferrocarril (costado Sudoeste), distanciada cien metros de este último, hasta el punto de intersección con la línea del costado Oeste de la mensura del campo San José, con excepción de la zona frente a la estación Adolfo E. Carranza, donde el límite es el alambrado del ferrocarril en un tramo de mil metros y de una extensión de quinientos metros a cada costado de la estación antes nombrada. Desde el último punto descrito, el límite continúa por los costados Oeste y Sur de la mensura del campo San José hasta interceptar la ruta nacional 60 frente al kilómetro 106,4 del Ferrocarril General Belgrano. Desde aquí el límite interprovincial es nuevamente una línea paralela distante 100 metros del costado Sudoeste del alambrado del ferrocarril hasta el paraje llamado La Curva, a la altura del kilómetro 87,5 del citado ferrocarril;

  6. Sexto tramo: La Curva-Mojón X (playa de los Chanchitos). Desde La Curva, antes descrita, hasta el Mojón X (playa de los Chanchitos) del límite interprovincial entre las provincias de la Rioja y Córdoba, el límite está formado por una línea recta.

Artículo 2

La descripción efectuada en el artículo precedente se interpretará en base a la carta agregada al Expediente número 14 del Registro de la Comisión Nacional de Límites Interprovinciales , firmado por los representantes de las provincias.

LEY W-0781

(Antes Ley 18533)

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