LEY R-0325. (Antes Ley 13521)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaMilitar
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación12 de Julio de 1949
Fecha de Sanción17 de Junio de 1949

TEXTO DEFINITIVO LEY R-0325 (Antes Ley 13521) Sanción: 17/06/1949 Publicación: 12/07/1949 Actualización: 31/03/2013

Rama: R - MILITAR

Artículo 1°

Exceptúase del pago del impuesto de sellos y de todo otro impuesto, tasa o contribución a las gestiones administrativas y judiciales necesarias para obtener el reconocimiento de excepciones al servicio militar, así como a la documentación que se requiera. En caso de denegarse la excepción, el juez resolverá si corresponde intimar el pago de los gravámenes correspondientes. Artículo 2° - La exención se aplicará con efecto retroactivo a las gestiones judiciales y administrativas resueltas favorablemente o en trámite a la fecha de sanción de la presente Ley, quedando condonadas las multas impuestas por falta de pago de los respectivos tributos.

En ningún caso la aplicación de esta Ley dará lugar a devolución de impuestos o multas.

LEY R-0325

(Antes Ley 13521) TABLA DE ANTECEDENTES

Artículo del texto definitivo Fuente

1 a 2 Arts 1º a 2º texto original

Artículos Suprimidos

Art. 3° de forma. Suprimido

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