Ley Provincial, Año 2020 Ley I N° 699 Dto. N° 1324 Suspéndase por el Plazo De, Ciento Ochenta (180) Días Corridos Cualquier Instrumento Dictado Para, Aplicarse en la Provincia Del Chubut, mediante el Cual Se Adhiera a Pautas, Y/o Políticas Salariales de Organismos, Poderes, Sociedades y Cualquier, Otro Ente Cuya Jurisdicción o Competencia Exceda el Territorio Provincial

Fecha de publicación31 Diciembre 2020
SecciónSección Oficial
Número de Gaceta13272
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 2 Jueves 31 de Diciembre de 2020
Sección Oficial
LEY PROVINCIAL
SUSPÉNDASE POR EL PLAZO DE CIENTO OCHENTA
(180) DÍAS CORRIDOS CUALQUIER INSTRUMENTO
DICTADO PARA APLICARSE EN LA PROVINCIA
DEL CHUBUT, MEDIANTE EL CUAL SE ADHIERA A
PAUTAS Y/O POLÍTICAS SALARIALES DE ORGA-
NISMOS, PODERES, SOCIEDADES Y CUALQUIER
OTRO ENTE CUYA JURISDICCIÓN O COMPETENCIA
EXCEDA EL TERRITORIO PROVINCIAL
LEY I Nº 699 .
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1º.- Suspender por el plazo de ciento
ochenta (180) días corridos a partir de la
promulgación de la presente Ley, todas aquellas nor-
mas contempladas en Decretos, Acordadas, Reso-
luciones, Disposiciones, Circulares, Actas o cual-
quier otro instrumento dictado para aplicarse en la
Provincia del Chubut, o interpretaciones
jurisprudenciales que permitan su aplicación exten-
siva en el territorio provincial, mediante el cual se
adhiera a pautas y/o políticas salariales de Organis-
mos, Poderes, Sociedades y cualquier otro Ente cuya
jurisdicción o competencia exceda el territorio pro-
vincial.
Artículo 2°: Las disposiciones de la presente Ley
son de orden público y regirán por el plazo establecido
en el artículo 1º.
Artículo 3°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Po-
der Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORA-
BLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A
LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL
VEINTE.
RICARDO DANIEL SASTRE
Presidente
Honorable Legislatura
de la Provincia del Chubut
Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa
Honorable Legislatura
de la Provincia del Chubut
Rawson, 18 de Diciembre de 2020
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la suspensión por el
plazo de ciento ochenta días (180) corridos a partir de la
presente promulgación, de todas aquellas normas con-
templadas en Decretos, Acordadas, Resoluciones, Dis-
posiciones, Circulares, Actas o cualquier otro instrumento
dictado para aplicarse en la Provincia del Chubut, o inter-
pretaciones judiciales que permitan su aplicación extensi-
va en el territorio provincial, mediante el cual se adhiera a
pautas y/o políticas salariales de Organismos, Poderes,
Sociedades y cualquier otro Ente cuya jurisdicción o com-
petencia exceda el territorio provincial; sancionado por la
Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 10
de diciembre de 2020 y la facultad que otorga a! Poder
Ejecutivo el artículo 140° de la Constitución Provincia!;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: I N° 699
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín
Oficial
Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Sr. JOSÉ MARÍA GRAZZINI AGÜERO
DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N° 732 14-08-20
Artículo 1°.- Modifícase el Presupuesto de
Erogaciones y el Cálculo de Recursos de la Administra-
ción Central y Organismos Descentralizados para el Ejer-
cicio 2020, en la Jurisdicción 30, S.A.F. 30 - SAF Ministe-
rio de Economía y Crédito Público, en la Jurisdicción 8,
S.A.F. 88 - SAF Ministerio de Infraestructura, Energía y
Planificación y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF
Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle
obrante en las planillas anexas N° 1 a 3, que forman
parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presu-
puesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Planilla Anexa 1
Modificación Presupuestaria 24857
Compensación Interjurlsdicclonal Ejercicio 2020
Gastos: 1.08.088 Ministerio de Infraestructura, Energia
y
Planificación
Gastos: 1.30.030 Ministerio de Economia y Crédito Público

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