Ley Nro. 9420 - SANCIÓN Nº 9420-DECLARA UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN INMUEBLE.

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2022

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,

SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y :

Artículo 1º

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la matrícula Nº 19.791/18, nomenclatura catastral: 180101000600003900001, de una superficie aproximada de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CON TREINTA DECÍMETROS CUADRADOS (454,30 m2), ubicado en la intersección de Calles 26 de Julio y Roque Sáenz Peña, Departamento de General Alvear, Provincia de Mendoza, con todo lo plantado y adherido al mismo.

Art. 2º

La expropiación dispuesta por el artículo que antecede tiene como objeto el ensanche para corregir la debida prolongación de la calle 26 de Julio de la Ciudad de General Alvear, Provincia de Mendoza, hacia el Norte de Avenida Roque Sáenz Peña.

Art. 3º

La Municipalidad de General Alvear, Provincia de Mendoza, quedará facultada para actuar como sujeto expropiante del inmueble individualizado en el artículo 1º, de conformidad a las normas establecidas en el Decreto Ley Nº 1447/75.

Art. 4º

Los gastos que surjan del cumplimiento de la presente Ley serán soportados por la Municipalidad de General Alvear, Provincia de Mendoza, quien tendrá a cargo confeccionar la planimetría correspondiente a los fines de determinar la superficie afectada y hacer efectiva la expropiación.

Art. 5º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA...

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