Ley Nro. 9006 - SANCIÓN Nº 9006 - DECRETO 1897

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2017

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,

SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y :

Artículo 1°

Dispóngase la adhesión de la Provincia de Mendoza al régimen de estabilidad fiscal previsto por la Ley Nacional Nº 27.264 para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con las limitaciones y alcances de la presente ley.

Art. 2°

El beneficio de estabilidad fiscal previsto en el artículo precedente comprenderá exclusivamente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos y se extenderá por el término dispuesto por los artículos 15 y 16 de la Ley Nacional 27.264 sólo en la medida en que los beneficiarios cumplan con la totalidad de los requisitos dispuestos por esa norma.

Art. 3°

La estabilidad fiscal prevista en esta ley importará la imposibilidad del Estado Provincial de incrementar las alícuotas de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos correspondientes a las actividades desarrolladas por los beneficiarios y a los instrumentos otorgados por ellos durante el plazo previsto en el artículo anterior.

Art. 4°

Invítase a los Municipios a adherir a la presente ley.

Art. 5°

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA, en Mendoza, a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete.

ING. LAURA G. MONTERO Vicegobernadora Presidenta H. Senado

DR. NÉSTOR PARÉS Presidente H. Cámara de Diputados

DR. DIEGO MARIANO SEOANE Secretario Legislativo H. Cámara de Senadores

ANDRÉS FERNANDO GRAU Secretario Habilitado H. Cámara de Diputados

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