Ley Nro. 8963 - SANCIÓN 8963

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2017

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y :

Artículo 1°

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en Calle Leandro N. Alem s/n del Distrito Costa de Araujo, Departamento Lavalle, constante conforme al Plano N° 13-15091 de una superficie según mensura de MIL SETECIENTOS TRECE METROS CON CINCUENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS (1.713,59 m2) y según título de MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO METROS CON ONCE DECIMETROS CUADRADOS (1.735,11 m2) con límites: Sur con Geroncio Francisco Díaz en 85,09 metros; Norte con Carlos Amado Yerdeo en 86,60 metros; Este con Calle Leandro N. Alem en 20 metros; Oeste con Emma Ali, Cristian Hernán Catroppa, María Alejandra Martínez en 20metros, inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz como 2° inscripción al N° 7.737, fojas 394, Tomo 34 de Lavalle, a nombre de Ernesto ALONSO, identificado con Nomenclatura Catastral Nº 13-15-01-0001-000008-0000-9 y Padrón de Rentas Nº 13-02883-2.

Art. 2º

El inmueble individualizado en el artículo anterior será destinado por la Municipalidad de Lavalle a la construcción de la sede departamental del Cuartel Central de Bomberos Voluntarios Forestales.

Art. 3º

La Municipalidad de Lavalle actuará como sujeto expropiante de conformidad con las normas previstas por el Decreto-Ley N° 1.447/75.

Art. 4º

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán soportados por la Municipalidad...

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