Ley Nº 8.624

EmisorHonorable Legislatura
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2013

LEY Nº 8.624

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1°

Derógase la Ley Provincial 8.171 por la cual se regula el ejercicio profesional de la agrimensura, arquitectura, ingeniería, geología y técnicos de la construcción e industria de la Provincia de Mendoza.

Artículo 2°

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil trece.

Miriam Gallardo

Presidenta Provisional

a/c. de la Presidencia

H. Cámara de Senadores

Sebastián P. Brizuela

Secretario Legislativo

H. Cámara de Senadores

Omar Leonardo De Miguel

Vicepresidente 1°

H. Cámara de Diputados

Jorge Manzitti

Secretario Legislativo

H. Cámara de Diputados

Publicación: por única vez el 19/02/14

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