Ley Nº 4741/13
Firmantes | Vidal - Pérez |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 7 de Noviembre de 2013 |
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Ciudad de Buenos Aires, las acciones penales emergentes de los delitos de acción
pública previstos en el artículo 139 inciso d) in fine, Ley N° 19.945, modificada por las
Leyes N° 20.175, 22.838 y 22.864, Código Electoral Nacional, en relación a los días 10
y 31 de julio de 2011, respecto de los fiscales electorales designados por los partidos
políticos, para el desarrollo de la actividad de fiscalización de las elecciones. Los
efectos de esta Ley alcanzan a la presunta participación en cualquier grado.
aquellas personas habilitadas al sufragio que no hayan desarrollado la actividad de
fiscalización electoral.
promulgación y se aplicará de oficio.
imputaciones o sospechas en relación a las acciones a que se refiere el artículo 1° de
esta Ley.
de resolución, o que se encuentren en pleno trámite se dictará el sobreseimiento
definitivo por extinción de la acción a tenor del artículo 195 inciso e) de la Ley 2303.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ante los cuales se estén substanciando causas en
las que corresponda aplicar esta Ley, procederán de oficio a archivar las actuaciones.
que establecen las disposiciones...
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