Ley N° 849

FirmantesCaram-Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 8 de Agosto de 2002

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 849

CATALOGA CON NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 10.3.3, CORRESPONDIENTE AL CAPÍTULO 10.3 CATALOGACIÓN DEL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO, EL INMUEBLE DEL CLUB DE PESCADORES, SEDE SOCIAL Y MUELLE DE PESCA.

Buenos Aires, 08/08/2002

LA LEGISLATURA DE LA /center>

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°

Catalógase con Nivel de Protección Estructural en los términos del Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano, al inmueble conformado por la Sede Social y el Muelle de Pesca, pertenecientes al Club de Pescadores, localizado en el predio de la Avda. Rafael Obligado S/N° y Av. Sarmiento, asentado en la Circunscripción 18, Sección 21, Manzana 172.

Artículo 2°

Incorpórase el inmueble catalogado por el Art. 1° al Catálogo previsto por el Capítulo 10.3 Catalogación del Código de Planeamiento Urbano.

Artículo 3°

El Poder Ejecutivo, a través de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano, deberá asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida por el artículo 1°.

Artículo 4°

El Informe Técnico N° 1.487/DGPEIU/2000 de la Dirección General de Planeamiento e Interpretación Urbanística dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano, la nota correspondiente del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales de fecha 14 de diciembre de 1999 y la Ficha de Catalogación N° 18/21/172, documentación ésta que ha recaído en el Expediente N° 58.653/99 (registro del Organo Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) constituye, en copia certificada, el Anexo I que a todos sus efectos forma parte de la presente Ley.

Artículo 5°

Comuníquese, etc.

ANEXO I

C.E. N° 58.653/99

Informe N° 1.487/DGPEIU/00

Buenos Aires, 30 de marzo de 2000.

Motivo: S/ elevación Proyecto de Ley de Catalogación de la Sede del Club de Pescadores localizado en la Avenida Rafael Obligado S/N° y Avenida Sarmiento

SEÑORA SUBSECRETARIA

SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO

  1. La Asociación Civil Club de Pescadores solicita la Catalogación del conjunto que conforma la Sede Social y el Muelle haciendo uso del Art. 10.3.2. del Código de Planeamiento Urbano Criterios de valoración, correspondiente al capítulo 10.3 Catalogación...

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