Ley Nº 8.936

EmisorMinisterio de Salud, Des. Social y Deportes
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2016

LEY Nº 8.936

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1°

Institúyase en la Provincia de Mendoza, el 12 de julio como "Día de la Reanimación Cardiopulmonar -RCP-".

Artículo 2°

El Poder Ejecutivo coordinará a través de la Dirección General de Escuelas y de los distintos organismos públicos involucrados en la temática, actividades a desarrollarse en el día referido en el artículo precedente, tendientes a concientizar a la población de la importancia de este procedimiento de emergencia para salvar vidas.

Artículo 3°

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.

Laura G. Montero

Vicegobernadora

Presidente H. Senado

Diego Mariano Seoane

Secretario Legislativo

H. Cámara de Senadores

Néstor Parés

Presidente

H. Cámara de Diputados

María Carolina Lettry

Secretaria Legislativa

H. Cámara de Diputados

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