Ley Nº 7.964
Emisor | Ministerio de Gobierno Justicia y Derechos Humanos |
Fecha de la disposición | 28 de Octubre de 2008 |
LEY Nº 7.964
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de
L E Y:
Ratificase el Decreto N° 1910 de fecha 8 de setiembre de 2006, por el cual se homologan los puntos Tercero y Quinto del Acta Acuerdo de fecha 18 de julio de 2006, suscripta por los miembros de la Comisión Negociadora del Sector Administración Central - Subcomisión ISCAMen, ratificada por el Acta de fecha 8 de agosto de 2006 de la Comisión Negociadora de la Administración Central.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil ocho.
Cristian L. Racconto
Vicegobernador
Presidente H. Senado
Mariano Godoy Lemos
Secretario Legislativo
H. Cámara de Senadores
Jorge Tanus
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Manzitti
Secretario Legislativo
H. Cámara de Diputados
ANEXO
Mendoza, 8 de setiembre de 2006
Visto el expediente Nº 7228-S-06-00951 y las disposiciones de la Ley Nº 24.185, artículo 24 de la Ley Nº 6656, los Decretos Nros. 955/04, 202/01 y 778/99, y
CONSIDERANDO:
Que en dichas actuaciones las partes de la negociación colectiva del Sector Administración Central, Subcomisión ISCAMEN, solicitan la homologación del Acuerdo alcanzado con fecha 18 de julio de 2006.
Que a fs. 6 del citado expediente, obra ratificación de la Comisión Negociadora del Sector.
Que la mencionada homologación, resulta procedente con relación a aquellas cláusulas o puntos del acuerdo que así lo requieran, a fin de que adquieran las características de fuerza normativa, efecto erga omnes y plazo de vigencia.
Que en este sentido y conforme lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Gobierno a fs. 4, el punto Tercero puede ser homologado, por cumplir las condiciones de la legislación vigente en la materia y no afectar disposiciones de orden público. El punto Quinto requiere homologación y posterior
ratificación legislativa.
Por ello,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Homológuense los puntos Tercero y Quinto del Acta Acuerdo de fecha 18 de julio de 2006, suscripta por los miembros de la Comisión Negociadora del Sector Administración Central, Subcomisión ISCAMEN, ratificada por el Acta del 8 de agosto de 2006 de la Comisión Negociadora de la Administración Central, que en fotocopias...
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