Ley n° 7.708
Emisor | Ministerio de Ambiente y Obras Publicas |
Fecha de la disposición | 31 de Mayo de 0007 |
LEY Nº 7.708
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de
L E Y:
Apruébese el Acta Acuerdo adjunta y que forma parte de la presente Ley, celebrada en fecha 29 de agosto del año 2006 entre el Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Arquitecto Julio M. De Vido, en representación del Estado Nacional y el Gobernador de la Provincia, Ingeniero Julio César Cleto Cobos, en representación de la Provincia de Mendoza, en virtud de la cual el Gobierno Nacional toma a su cargo el financiamiento en el territorio de la Provincia de Mendoza, de la obra provincial denominada: ¬ìPresa y Central Portezuelo del Viento¬î, que integra el Proyecto denominado: ¬ìAprovechamiento Integral de los Recursos Hídricos del Río Grande Trasvase del Río Grande al Río Atuel¬î, de acuerdo con los montos indicados en el Anexo I de la misma.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veintinueve días del mes de mayo del año dos mil siete.
Juan Carlos Jaliff
Vicegobernador
Presidente H. Senado
Analía V. Rodríguez
Secretaria Legislativa
H. Cámara de Senadores
Andrés Omar Marín
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Manzitti
Secretario Legislativo
H. Cámara de Diputados
_______
ACTA ACUERDO
En la Ciudad de Mendoza, a los 29 días del mes de agosto de 2006 se reunen el señor ministro de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios, Arquitecto Julio M. De Vido por una parte, en representación del Estado Nacional y el señor Gobernador de la Provincia de Mendoza, Ingeniero Julio C. Cobos, en representación de dicho estado provincial y convienen suscribir el presente Acuerdo sujeto a las siguientes cláusulas.
Primera: El Gobierno Nacional toma a su cargo el financiamiento en territorio de la Provincia de Mendoza de la obra denominada ¬ìPresa y Central Portezuelo del Viento¬î que integra el proyecto denominado ¬ìAprovechamiento Integral de los Recursos Hídricos del Río Grande - Trasvase del Río Grande al Río Atuel¬î de acuerdo a los montos indicados en el Anexo I del presente Acuerdo.
Segunda: La Provincia de Mendoza ejecutará la obra detallada en la cláusula primera, de acuerdo a las especificaciones técnicas que surgen de los estudios previos realizados por la Provincia y del proyecto licitatorio cuyos pliegos se encuentran elaborados y en etapa de...
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