Ley N° 5973

EmisorLegislatura de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
LEY N.° 5973
Buenos Aires, 10 de mayo de 2018
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Catalóganse con Nivel de Protección CAUTELAR, en los términos del
Artículo 10.3.3 correspondiente al Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de
Planeamiento Urbano, a la denominada “Mezquita de Al Ahmad“ sita en los inmuebles
de la calle Alberti 1541/51/53/69, (Sección 22 - Manzana 001-Parcela 038A; Sección
22 - Manzana 001 - Parcela 037A; Sección 22 - Manzana 001 - Parcela 036; Sección
22 - Manzana 001 - Parcela 035, respectivamente); de acuerdo a lo graficado en el
Anexo I de la presente Ley.
Art. 2°.- Incorpóranse los inmuebles catalogados en el Artículo 1° de la presente, al
Listado de Inmuebles Catalogados Singulares de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, previsto en el Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 3°.- El Poder Ejecutivo, a través de la. Dirección General de Registro de Obras y
Catastro dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, deberá
asentar en la Documentación Catastral correspondiente, la catalogación establecida
en el Artículo 1° de la presente.
Art. 4°.- Las Fichas de Catalogación N° 022-001-038A, 022-001- 037A, 022-001-036,
022-001-035 constituyen, en copia certificada, el Anexo II que a todos sus efectos
forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 5°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez
DECRETO N.° 181/18
Buenos Aires, 5 de junio de 2018
En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 5973 (EX-2018-14.527.667-
MGEYA-DGALE), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires en su sesión del día 10 de mayo de 2018.
El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y
Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese copia
a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la
Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese al Ministerio de Desarrollo
Urbano y Transporte y a Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Miguel
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5389 - 07/06/2018

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