Ley N° 5962

EmisorLegislatura de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición23 de Mayo de 2018
Gobi erno de la C iud ad A utó noma de Buen os A ires
“2018 AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
LEY N.º 5962
Buenos Aires, 3 de mayo de 2018
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1º.- Catalóganse con Nivel de Protección "Cautelar" en los términos del
Artículo 10.3.3, correspondiente al Capítulo 10.3 “Catalogación” del Código de
Planeamiento Urbano, los inmuebles listados a continuación:
ORDEN S M P DIRECCION
1 001 007ª 007e SUIPACHA 639.665
2 001 017ª 013 MAIPU 39
3 002 069 008ª AV. PASEO COLON 502.520.524
4 002 070 001 AZOPARDO 405.409.413
5 002 075 001ª AV. BELGRANO 10
6 004 057 011 CARLOS CALVO 13.17.21
7 005 004 026 SARMIENTO 1731.1733
8 005 005 001 LAVALLE 1702.1710
9 005 005 004ª LAVALLE 1726.1730.1736
10 005 005 006 LAVALLE 1750.1752
11 005 006 033 RODRIGUEZ PEÑA 554
12 005 013 020 RODRIGUEZ PEÑA 447.451
13 005 013 031ª AV. CORRIENTES 1639
14 005 014 007 TUCUMAN 1648.1650.1652
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5379 - 23/05/2018

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