Ley Nº 5848/17

FirmantesPolledo - Pérez
EmisorLEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1° Autorízase el traslado del Monumento a Juana de Azurduy ubicado en el

"Parque Cristóbal Colón", delimitado por la Avenida La Rábida (Norte), Ingeniero

Huergo y Avenida La Rábida (Sur); lindante hacia el oeste con la Casa Rosada, sede

del Poder Ejecutivo Nacional, y del Monumento a Juan de Garay ubicado en la

"Plazoleta II de Junio de 1580", comprendida entre la Av. Leandro N. Alem y la Av.

Rivadavia.

Art. 2° Los monumentos mencionados en el artículo 1° serán emplazados en el futuro

Parque del Bajo, dentro del polígono comprendido por la Av. Belgrano, la Av. Paseo

Colón, la futura traza de la Av. Rábida, la Av. Leandro N. Alem, la Av. Corrientes y la

Av. Ing. Huergo, de acuerdo al Plano de Ubicación que como Anexo I forma parte

integrante de la presente Ley.

Art. 3° El diseño a llevarse a cabo dentro del perímetro citado en el artículo 2° deberá

contemplar que el 80% de su superficie, descontando las áreas ocupadas por edificios,

sea de carácter verde y absorbente.

Art. 4° Apruébase la modificación de la traza de la Avenida La Rábida (Norte) y la

Avenida La Rábida (Sur) de acuerdo al Anexo I, que forma parte de la presente Ley,

con las diferencias técnicas que pudieran surgir del proyecto siempre que éste no

altere los principios que el diseño determinado por el citado anexo persigue.

Art. 5° Derógase la traza de la Av

Rosales desde Av. La Rábida (norte) hasta Av.

Corrientes.

Art. 6° Respecto al tratamiento del Arbolado Público Urbano será de aplicación la Ley

3263 (Texto Consolidado por Ley 5666).

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