Ley Nº 5490/15
Firmantes | Ritondo - Pérez |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 3 de Diciembre de 2015 |
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
Urbana" - " PLANTA DE TRATAMIENTO", la superficie que se genere a partir de la
canalización de la desembocadura del Arroyo Medrano hasta alcanzar el Rio de la
Plata, aledaña al actual predio rezonificado por artículos 25 y 26 de la Ley 4978
(Parcela 3 - Manzana 115- Sección 29- Circunscripción 16), predio delimitado por la
prolongación virtual de calle Pico hasta su intersección con el Rio de la Plata,
desembocadura arroyo Medrano hasta la intersección con la prolongación virtual de
calle Ramsay y prolongación virtual de Ramsay hasta la intersección con la
prolongación virtual de Pico, cuyos croquis, como Anexo I, forman parte de integrante
de la presente.
idénticas condiciones, el predio individualizado en el artículo anterior para el diseño,
construcción, operación y mantenimiento de una Planta de Tratamiento Mecánico
Biológico (TMB o MBT) de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) en la Zona Norte de la
Ciudad de Buenos Aires.
en el mercado internacional y/o local, uno o más empréstitos con Organismos
Multilaterales de Crédito, Bancos de Desarrollo y/o Instituciones Financieras de
Fomento de las Exportaciones y/o cualquier otra institución financiera local o
internacional; y/o a obtener financiamiento proveniente de los proveedores que
resultaren adjudicados en el marco de la licitación pública...
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