Ley Nº 5448/15
Firmantes | Ritondo - Pérez |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 3 de Diciembre de 2015 |
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
RÉGIMEN DE ADECUACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS HOSPITALARIOS
PRIVADOS EN SEGURIDAD EDILICIA
Privados en Seguridad Edilicia en los establecimientos asistenciales, hospitales,
hospitales pertenecientes a las fuerzas armadas y de seguridad, clínicas y sanatorios,
de gestión privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
generales de seguridad, destinados a promover en los establecimientos asistenciales
estrategias de prevención de accidentes, adecuación de normativa, mejoramiento y
actualización de infraestructura y de equipamiento, adopción de sistemas de
protección y seguridad en todas sus facetas, incluyendo el pleno cumplimiento de lo
normado por los Códigos de Planeamiento Urbano, Edificación y Habilitaciones, y
demás normativa vigente.
establecimientos asistenciales objeto de la presente ley, que a la fecha de sanción de
la misma estén funcionando, se adecuen al presente Régimen.
se habilite con posterioridad a la sanción de la misma deberá adecuarse a ésta norma.
condiciones generales de seguridad y a la toma de conciencia por parte de las
autoridades y trabajadores de los establecimientos sanitarios de los comportamientos
adecuados a observar para la adecuación en seguridad edilicia, mediante:
a.- La promoción de medidas, incluyendo incentivos fiscales y/o facilidad de acceso a
créditos bancarios, que posibiliten la adecuación de los edificios hospitalarios, ya sea
en adecuación normativa y/o en mejoramiento y actualización de infraestructura, e
instalaciones.
La sistematización de mecanismos de control de las condiciones edilicias, de carácter
periódico que certifiquen la calidad del servicio sanitario en materia de seguridad.
b.- Establecer, en forma conjunta con los...
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