Ley Nº 8.460
Emisor | Mrio de Agroindustria |
Fecha de la disposición | 4 de Septiembre de 2012 |
LEY Nº 8.460
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de
L E Y:
Ratifícase el Decreto 3.260/07, el que en copia certificada integra la presente Ley como Anexo, que aprobara el Acta Acuerdo de Colaboración Recíproca, suscripto en fecha 19 de diciembre de 2006 entre la Provincia de Mendoza representada por la ex Ministra de Economía Ingeniera Agrónoma Laura Gisela Montero y el señor Presidente del Directorio, en representación de la Organización Pública Helénica de Seguros Agrícolas, supervisada por el Ministerio Helénico de Desarrollo Rural y Alimentos, con sede en la Ciudad de Atenas (Grecia), señor Nikolaos Katsaros.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los cuatro días del mes de setiembre del año dos mil doce.
Carlos G. Ciurca
Vicegobernador
Presidente H. Senado
Sebastián P. Brizuela
Secretario Legislativo
H. Cámara de Senadores
Jorge Tanus
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Manzitti
Secretario Legislativo
H. Cámara de Diputados
ANEXO
DECRETO Nº 3.260
Mendoza, 23 de noviembre de 2007
Visto el expediente Nº 189-P-07-01408; en el cual se tramita la aprobación del Acuerdo de Colaboración Recíproca, suscripto entre la Provincia y la Organización Pública Helénica de Seguros Agrícolas del Ministerio Helénico de Desarrollo Rural y Alimentos, con sede en la Ciudad de Atenas (Grecia), en fecha 19 de diciembre de 2006, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Acuerdo de Colaboración Recíproca tiene como objeto, entre otros, establecer la colaboración entre las partes en lo referente a: Desarrollo de metodologías para la siembra de nubes y protección contra heladas, Mejora de los instrumentos científicos y técnicos, Colaboración en proyectos de investigación específicos y divulgación de los resultados de dichas investigaciones, Asistencia técnico-científica recíproca, cuando la misma fuera requerida por una de las partes;
Por ello, conforme con lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Economía a fojas 62 y vta. y 70 del expediente N° 189-P-07-01408,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Apruébese el Acuerdo de Colaboración Recíproca suscripto en idioma español e inglés, en fecha 19 de diciembre de 2006, entre la Provincia, representada por la señora Ministra de Economía Ingeniera Agrónoma Laura Gisela Montero "ad referéndum" del Poder Ejecutivo y el señor Nikolaos Katsaros, Presidente del Directorio, en representación de la Organización Pública Helénica de Seguros Agrícolas, supervisada por el Ministerio Helénico de Desarrollo Rural y Alimentos, con sede en la Ciudad de Atenas (Grecia), cuyas fotocopias certificadas forman parte de este decreto.
El presente decreto se dicta ad-referendum de la H. Legislatura Provincial con comunicación al H. Congreso de la Nación.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
JULIO CESAR CLETO COBOS
Laura Montero
_______
Expte. Nº 189-P-07-01408
ACUERDO
DE COLABORACIÓN RECÍPROCA ENTRE ELGA (GRECIA)
Y LA PROVINCIA DE MENDOZA (ARGENTINA)
REUNIDOS:
El Sr. Nikolaos Katsaros, Presidente del Directorio, en representación de la Organización Pública Helénica de Seguros Agrícolas ("Public Hellenic Agricultural Insurance Organization"), supervisada por el Ministerio Helénico de Desarrollo Rural y Alimentos ("Hellenic Ministry of Rural Development and Food") (de aquí en adelante ELGA), con sede en la ciudad de Atenas, Grecia (Calle Mesogion Nro. 45) y
El Ministro de Economía, Ing. Agr. Laura Montero, "ad referéndum" del Poder Ejecutivo de la Provincia, por la Provincia de Mendoza (en adelante la Provincia) con domicilio registrado en el Edificio Central de Gobierno, Piso 6, en la Ciudad de Mendoza.
DECLARAN:
Que considerando que las actividades de las partes aquí nombradas coinciden en las estrategias para el desarrollo, seguridad y bienestar que se...
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