Ley Nº 8.420

EmisorMrio Trabajo Jus. y Gob.
Fecha de la disposición29 de Mayo de 2012

LEY Nº 8.420

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º

Desaféctase del dominio público provincial y transfiérese a título de donación a la Municipalidad de Maipú el inmueble rural constante de una superficie de doscientas nueve hectáreas cinco mil cuatrocientos noventa y ocho metros con treinta y dos decímetros cuadrados (209 has. 5.498,32 m2) ubicado en el lugar denominado "Laguna Los Álamos", Distrito Fray Luis Beltrán, Departamento Maipú, cuyos antecedentes de dominio se encuentran agregados en el Expediente N° 348-H-1988 del Poder Ejecutivo Provincial, que fuera adquirido por la Provincia por Decreto N° 594 del 17 de marzo de 1992, protocolizado en el Protocolo General de Gobierno por escritura número cien (100) del 28 de septiembre de 1992, e inscripto en el Registro Público de la Provincia en la matrícula número 85654 de Maipú, cuyos límites y medidas obran agregados en el plano oficial de mensura número 158.

Artículo 2º

En un término de cinco (5) años la Municipalidad de Maipú deberá realizar las obras de infraestructura que sean necesarias para que el inmueble sea aprovechado por la población con fines recreativos, de descanso, turísticos o deportivos, o bien posibilitar algún emprendimiento de desarrollo para el lugar.

Artículo 3º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA...

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