Ley N° 2116

FirmantesDe-Estrada-Bello
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2006

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2116

MODIFICA EL ART. 1° DE LA LEY N° 2.091 - AUTORIZA USO PRECARIO Y GRATUITO DEL ESPACIO DEL DOMINIO PÚBLICO DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD A LAS ENTIDADES DE BIEN PÚBLICO QUE HAYAN FIRMADO EL CONVENIO EN EL MARCO DEL DECRETO N° 92-04

Buenos Aires, 19/10/2006

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Modifícase el artículo 1° de la Ley N° 2.091, que quedará redactado de la siguiente manera: Autorízase por sesenta (60) días, contados a partir de la sanción de la presente, el uso precario y gratuito del espacio del dominio público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las entidades de bien público que hayan firmado el convenio en el marco del Decreto N° 92/04.

Artículo 2°

Comuníquese, etc.

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