Ley N° 3380

FirmantesMacri - Grindetti - Rodríguez Larreta
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 3380

Se autoriza al Poder Ejecutivo a celebrar operaciones de crédito público

Buenos Aires

LEY N° 3.380

Buenos Aires, 3 de diciembre de 2009.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1° Autorízase al Poder Ejecutivo a celebrar operaciones de crédito público por un monto máximo de hasta dólares estadounidenses trescientos ochenta millones (USD 380.000.000), conforme se establece en los artículos 2° y 3°

El destino de las operaciones de crédito público será exclusivamente destinado al pago de la expansión de la Líneas A, B y H de subterráneos.

Art. 2° Autorizase al Poder Ejecutivo a contratar un préstamo financiero con la Corporación Andina de Fomento por un monto máximo de hasta dólares estadounidenses ochenta millones (USD 80.000.000) con un plazo de amortización mínimo de ocho años, afectándose en garantía de repago los recursos provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos.
Art. 3° Autorizase al Poder Ejecutivo a contraer un empréstito público representado por una o más emisiones de títulos de deuda por un importe de dólares estadounidenses de hasta trescientos millones (USD 300.000.000) o su...

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