Ley N° 3051

FirmantesSantilli-Pérez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición23 de Abril de 2009

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 3051

APRUEBA CONVENIO MARCO MARCO DE COOPERACIÓN - CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES REPRESENTADO POR JEFE DE GOBIERNO MAURICIO MACRI Y EL MUNICIPIO DE LA CIUDAD DE LUGANO SUIZA REPRESENTADO POR EL VICEALCALDE DE LA CIUDAD DE LUGANO ERASMO PELLI SUSCRIPTO EL 18 DE OCTUBRE DE 2008 - REGISTRO N° 55-08

Buenos Aires, 23/04/2009

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1° Apruébase el Convenio Marco de Cooperación, celebrado entre el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en dicho acto por el

señor Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio Macri, y el Municipio de la Ciudad de Lugano,

Suiza, representado en dicho acto por el Vicealcalde de la Ciudad de Lugano, Don

Erasmo Pelli, suscripto con fecha 18 de octubre de 2008 y registrado bajo el N° 55/08,cuya copia certificada se adjunta como anexo y como tal forma parte integrante de la presente Ley.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Buenos Aires, 21 de mayo de 2009.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 3051 (Expediente N° 26312/09), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 23 de abril de 2009 ha quedado automáticamente promulgada el día 20 de...

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