Ley N° 3011

FirmantesSantlli-Pérez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2009

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 3011

DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN - PREDIO SITO CALLE FRAGATA PRESIDENTE SARMIENTO N° 2152-54 - DESTINO SUBSISTEMA PÚBLICO DE SALUD - INSTALACIÓN DE CESAC

Buenos Aires, 05/03/2009

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1° Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, en los términos del Artículo 30 de la Ley N° 238, el predio ubicado en la calle Fragata Presidente

Sarmiento N° 2152/54 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2° La determinación del precio de los bienes sujetos a expropiación se hará de acuerdo a lo establecido por el Art. 10° de la Ley N° 238.
Art. 3° El inmueble individualizado en el Artículo 1° de la presente ley será destinado al Subsistema Público de Salud, dependiente del Ministerio de Salud de la CABA, para la instalación de un CESAC.
Art. 4° Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes al Ejercicio 2009.
Art. 5° Comuníquese, etc.

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