Ley N° 2664

FirmantesSantilli-Perez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Abril de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2664

Se denomina Javier VillafaÑe al Jardín de Infantes Nucleado N° C, del D.E. 7

Buenos Aires, 29/04/2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 2.664 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 3 de abril de 2008. Dese al Registro, gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; y remítase para su conocimiento y demás efectos al Ministerio de Educación y a la Jefatura de Gabinete de Ministros.

El presente decreto es refrendado por el Ministro de Educación y por...

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