Ley N° 2402

FirmantesDe Estrada-Bello
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2007

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2402

SE CORRIGE EL TEXTO DEL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 2355 - CENTRO DE SALUD MENTAL Y ACCIÓN COMUNITARIA 1 DEL HOSPITAL PIROVANO

Buenos Aires, 09/08/2007

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Corrígese la siguiente errata del texto del artículo 1° de la Ley N° 2.355 sancionada el 28 de junio de 2007:

Donde dice: …Centro de Salud Mental y Acción Comunitaria N° 1 dependiente del Hospital General de Agudos Ignacio Pirovano.

Debe decir …Centro de Salud Mental N° 1 dependiente de la Dirección General de Salud Mental.

Artículo 2°

Comuníquese, etc.

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