Ley Nº 8.234
Emisor | Ministerio de Gobierno Justicia y Derechos Humanos |
Fecha de la disposición | 7 de Diciembre de 2010 |
LEY Nº 8.234
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de
L E Y:
Declárese de Utilidad Pública y sujeto a Expropiación el inmueble, cuyos datos son los siguientes:
Nomenclatura Catastral N° 13-99-00-1400-500640-0000-1
Padrón de Rentas N° 13-05353-3 (matriz)
Titular: Eduardo Mitre Nazre
Plano: 13501/13
Superficie s/Título: 2 ha. 2.642,87 m2
Superficie s/Mensura: 1 ha. 7.702,29 m2
Inscripto en el Registro de la Propiedad bajo el N° 5664, Fs. 601, T° 50 de Lavalle, con fecha 26 de febrero de 1.973
Determinado por los siguientes límites:
Norte: Calle Quiroga (5 tramos) de 29,81m, 39,92m, 20,35m, 74,11m, 428,42m.
Sur: Propiedad de Cristóbal Agapito González (5 tramos) de 27,07 m, 39,60 m, 20,18 m, 73,52 m, 425,97 m.
Este: Propiedad de Eduardo Mitre Nazre en 30,04 m.
Oeste: Propiedad de Gabriela Agustina Jofré en 30,19 m.
El predio individualizado será destinado por la Comuna de Lavalle para solucionar la necesidad habitacional demandante.
en ese paraje del Distrito Gustavo André, a través del Instituto Provincial de la Vivienda (I.P.V.).
Autorízase a la Municipalidad de Lavalle a iniciar los trámites de expropiación del terreno afectado, de conformidad a las disposiciones del Decreto-Ley 1.447/75.
- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán soportados por el Presupuesto de la Municipalidad de Lavalle.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil diez.
Cristian L. Racconto
Vicegobernador
Presidente H. Senado
Mariano Godoy Lemos
Secretario Legislativo
H. Cámara de Senadores
Jorge Tanus
Presidente
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