Ley N° 2135

FirmantesDe-Estrada-Bello
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 9 de Noviembre de 2006

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2135

MODIFICA EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 1157 - PROHIBE LA CIRCULACIÓN Y ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS EN EL PASAJE ENRIQUE SANTOS DISCÉPOLO - PROHIBICIÓN

Buenos Aires, 09/11/2006

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Modifícase el art. 1° de la Ley N° 1.157 que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 1°: Prohíbese la circulación general y el estacionamiento de vehículos en el Pasaje Enrique Santos Discépolo entre Av. Callao -intersección Lavalle - y Av. Corrientes - intersección Riobamba.".

Artículo 2°

...

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