Ley N° 1842

FirmantesDe-Estrada-Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2005

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1842

MODIFICA EL ART. 5° DE LA LEY N° 1.075 - OTORGA SUBSIDIO MENSUAL Y VITALICIO A EX COMBATIENTES HÉROES DE LA GUERRA DE LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS, SANDWICH E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR - BENEFICIARIOS

Buenos Aires, 24/11/2005

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Modifícase el artículo 5° de la Ley N° 1.075, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 5° - El monto del subsidio establecido en el artículo 1° de la presente ley, será equivalente a la categoría establecida en el Agrupamiento Servicios Sociales e Institucionales, Tramo A, Nivel 03, compuesta por asignación básica y adicional por nivel, del Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Decreto N° 583/05 - B.O.C.B.A. N° 2187), y/o el que la reemplace en el futuro, excluida la compensación por antigüedad".

Artículo 2°

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR