Ley N° 1825

FirmantesDe-Estrada-Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Octubre de 2005

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1825

PRORROGA LA INTERVENCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL DE LA LEGISLATURA Y CREA UNA COMISIÓN ESPECIAL

Buenos Aires, 27/10/2005

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Prorrógase por un período de ciento ochenta (180) días la intervención al servicio de salud y asistencia social de la Legislatura. Durante el lapso indicado mantendrán su vigencia las disposiciones de las Leyes Nros. 1.780 y 1.781.

Artículo 2°

Créase una Comisión Especial, presidida por el Vicepresidente 1° de la Legislatura, e integrada por seis (6) diputados/as en representación de los principales bloques políticos, a propuesta de los mismos, a fin de realizar el seguimiento del servicio de salud y asistencia social durante el período de intervención y proyectar las modificaciones legales que estime necesarias, para proponerlas oportunamente a la Legislatura.

Artículo 3°

Comuníquese, etc.

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