Ley N° 1656

FirmantesDe Estrada-Alemany.
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2005

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1656

MODIFICA LOS ARTÍCULOS 1° Y 3° DE LA LEY 1546 - MODIFICACIÓN - CREACIÓN - COMISIÓN PARA LA REFORMA TRIBUTARIA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - NUEVOS CÓDIGOS - CÓDIGO TRIBUTARIO - CÓDIGO FISCAL

Buenos Aires, 17/03/2005

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Modifícase el artículo 1° de la Ley N° 1.546, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1°

Créase la Comisión para la Reforma Tributaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tendrá por finalidad elaborar una propuesta para los nuevos Códigos Tributario y Fiscal. La misma estará integrada por cuatro (4) representantes del Poder Ejecutivo, designados por el Jefe de Gobierno, los cuales no podrán tener rango inferior a Director General y por diez (10) Diputados propuestos por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, que se integrarán en forma proporcional a la actual representación legislativa y serán designados por la Presidencia del Cuerpo a propuesta de los distintos bloques.

Artículo 2°

Modifícase el artículo 3° de la Ley N° 1.546, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 3°

La Comisión que se crea en el artículo primero tiene...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR