Ley N° 1628
Firmantes | De-Estrada-Alemany |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 16 de Diciembre de 2004 |
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEY N° 1628
CREA EL CENTRO DE INCLUSIÓN SOCIAL DEL AUTISTA EXP. N° 82.154/04. - SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL - CREACIÓN - AUTISMO - TRASTORNOS GENERALIZADOS DEL DESARROLLO - PACIENTES AUTISTAS - ASISTENCIA - TRATAMIENTO
Buenos Aires, 16/12/2004
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:
Créase el Centro de Inclusión Social del Autista, destinado a la protección integral del autista y su familia.
Son sus beneficiarios los niños, niñas, jóvenes y/o adultos con diagnóstico de autismo o trastornos generalizados del desarrollo (T.G.D.) y su familia o aquellos que tengan su tutela.
Los beneficiarios deberán acreditar una residencia mínima e ininterrumpida de dos (2) años en la Ciudad de Buenos Aires.
La Autoridad de aplicación de la presente es la Secretaría de Desarrollo Social, o el organismo que en el futuro la reemplace, la que articulará sus competencias con los otros organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
El Centro de Inclusión Social del Autista tendrá la función de orientar e impartir las directivas acerca de las responsabilidades, los derechos y deberes de los padres, de la familia o de los tutores u otras personas encargadas legalmente de la persona autista.
El Centro de Inclusión Social del Autista brindará cobertura total a las personas con diagnóstico de autismo o trastornos generalizados del desarrollo (T.G.D.), proveyéndose servicios de máxima calidad tendientes a la atención integral de las mismas y a su entorno familiar.
El Centro creado por el artículo 1° de la presente brindará atención integral al autista, previo diagnóstico psico-social. A tales efectos deberá:
-
Brindar residencias temporales o permanentes, acordes a las patologías.
-
Brindar servicios de apoyo familiar.
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Brindar servicios de rehabilitación psico-social.
-
Realizar actividades laborales: aprendizaje ocupacional de acuerdo con sus posibilidades.
-
Conformar un equipo de terapia ocupacional.
-
Implementar programas por área.
- Orientación psicológica.
- Orientación cognitiva conductual.
- Orientación motora.
- Participación comunitaria
...
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