Ley N° 1597

FirmantesDe-Estrada-Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 9 de Diciembre de 2004

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1597

FUNDACIÓN SERVICIO PAZ Y JUSTICIA: SE LE OTORGA UN SUBSIDIO EXPEDIENTE N° 82.120/04. - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - ARCHIVO DE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS - DESAPARECIDOS - TERRORISMO DE ESTADO - DICTADURA

Buenos Aires, 09/12/2004

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Otórgase un subsidio a la fundación Servicio Paz y Justicia con personería jurídica 355/92-9475, autorizada a funcionar por Resolución N° 34 del 5 de febrero del año 1988, con sede en la calle Piedras 730, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°

El subsidio se destina a la conservación y restauración del archivo de denuncias de desaparición forzada de personas y denuncias de presos políticos víctimas del terrorismo de estado efectuadas entre las décadas de '70 y '80.

Artículo 3°

El monto total del subsidio establecido en el artículo 1° es de pesos setenta y siete mil cuatrocientos veinte ($ 77.420) distribuido de la siguiente manera:

  1. ejercicio 2005: total $ 24.900.

  2. ejercicio 2006: total $ 30.900.

  3. ejercicio 2007: total $ 21.620.

Artículo 4°

La Fundación Servicio Paz y Justicia debe presentar un informe al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires sobre el destino de los fondos recibidos con copia a la Legislatura.

Artículo 5°

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán con cargo al presupuesto general de gastos y cálculo de recursos correspondiente al ejercicio 2005, 2006 y 2007, Gastos de Jurisdicción de Gobierno, Subsecretaría de Derechos Humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 6°

Comuníquese, etc. de Estrada - Alemany.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343-GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.597 (Expediente N° 82.116/04), sancionada por la Legislatura de la Ciudad...

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